Artículo 1°: Convocatoria
La Fundación Amalia Lacroze de Fortabat (la “Fundación”), en el marco de sus programas públicos de promoción del arte, convoca a las y los artistas visuales argentinas/os por nacimiento, naturalizadas/os y extranjeras/os con residencia en Argentina no menor a dos (2) años, mayores de 18 años (las/los "Artistas" o la/el "Artista", según corresponda) a participar del Premio Fundación Amalia Lacroze de Fortabat 2025 (el “Premio”).
No podrán participar de esta convocatoria las personas vinculadas a las y los miembros del jurado, entendiéndose como “persona vinculada” a las y los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad. Tampoco podrán participar quienes se encuentren en relación de dependencia y/o contratadas por la Fundación.
Artículo 2°: Categorías de participación
2.1. El Premio contempla dos categorías de participación:
(i) Artistas mayores de 35 años (las y los “Artistas Mayores”);
(ii) Artistas jóvenes de 18 a 34 años (las y los “Artistas Jóvenes”).
2.2. Para determinar la categoría de las y los Artistas participantes se considerará su edad al 1 de enero de 2025.
Artículo 3°: Obras
3.1. Cada Artista podrá presentar como máximo una (1) obra de técnica libre de su autoría (la “Obra”).
3.2. Se admitirán todas las disciplinas dentro del campo de las artes visuales contemporáneas (pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía, nuevas tecnologías, videoarte, videoinstalación e instalación, entre otros).
3.3. La obra será inédita y no puede haber sido seleccionada ni puede estar simultáneamente concursando en otro certamen o encontrarse en exhibición o haber sido exhibida con anterioridad a esta convocatoria.
3.4. Las y los Artistas no podrán exigir a la Fundación ningún valor o suma de dinero relacionado con su participación en el Premio, creación y/o mantenimiento de sus Obras.
3.5. La fecha de realización de la Obra no podrá ser anterior a 2023.
3.6. Si la Obra fuera bidimensional vertical no podrá exceder los 2 metros en cualquiera de sus lados.
3.7. La obra deberá estar preparada para ser montada y exhibida, debiendo contar con un sistema de sujeción apropiado; y deberá ser apta para ser exhibida en forma continua por al menos 4 meses. La Fundación no será responsable por el sistema de sujeción propuesto. Si este no fuera el idóneo y la obra sufriera o generara un daño, la/el artista deberá responder. También deberá garantizarse su mantenimiento.
3.8. Si la Obra fuera en soporte papel, deberá estar protegida por un material adecuado para preservarla.
3.9. La Obra no podrá contener materiales catalogados como sustancias peligrosas según la Resolución N° 195/97 y sus modificatorias.
3.10. Si la Obra incluyera citas a materiales de terceros, deberá contar con los derechos correspondientes según la Ley de Propiedad Intelectual.
3.11. Si la Obra fuera audiovisual, deberá presentarse en formato reproducible en medios tecnológicos comunes. Duración máxima: 18 minutos.
3.12. Si la Obra fuera tridimensional o se desplegara en el espacio, no podrá exceder los 2 x 2 x 2 mts. Las instalaciones deberán presentarse con plano e inventario detallado.
3.13. La Obra deberá estar acompañada por un instructivo para su montaje. Las y los artistas podrán supervisar el montaje. La ubicación quedará a criterio de la curaduría.
3.14. La Fundación proveerá la tecnología para exhibir las Obras seleccionadas. Si se requiere un dispositivo especial no disponible, deberá ser provisto por la/el artista.
Artículo 4°: Requisitos de Participación
4.1. Las/los Artistas deberán:
Registrarse en http://www.coleccionfortabat.org.ar/.
Subir una imagen de la Obra con epígrafe y memoria descriptiva (máx. 2000 caracteres).
Subir imágenes de otras tres (3) obras de su autoría, con epígrafes.
Subir su currículum vitae completo (máx. 2000 caracteres).
La inscripción implica aceptación de estas Bases.
4.2. Inscripción abierta desde abril hasta el 31 de mayo de 2025.
4.3. Las/los artistas declaran que la Obra es de su autoría y tienen los derechos correspondientes, manteniendo indemne a la Fundación y sus partes relacionadas (las “Partes Indemnizadas”).
4.4. Las/los artistas otorgan licencia gratuita e irrevocable por 3 años para uso de su nombre, imagen, obra y datos para difusión del Premio.
4.5. La Fundación no será responsable por daños o fallas técnicas que afecten la participación.
4.6. Tampoco será responsable por virus o fallas del Sitio Web ni por pérdidas derivadas de interrupciones del servicio.
4.7. Las/los artistas mantendrán indemne a la Fundación por daños o reclamos ocasionados por sus Obras. La Fundación se reserva el derecho de rechazar obras que comprometan la seguridad.
4.8. La Fundación no se responsabiliza por daños o perjuicios sufridos por los Artistas durante su participación.
Artículo 5°: Jurado
5.1. La selección, evaluación y premiación serán dirimidas a través de un mismo jurado compuesto por cinco (5) miembros. El jurado estará compuesto por la/el artista ganador del 1er Premio categoria mayores de la edición anterior, Premio Fundación Fortabat 2023, y cuatro (4) personalidades destacadas del ambiente artístico a ser designadas por la Fundación a su exclusivo criterio (el “Jurado”).
5.2. Las instancias de selección y premiación descriptas en los Artículos 6° y 7° de las presentes Bases, se regirán por mayoría de votos. Los dictámenes del Jurado serán de carácter definitivo e inapelable.
5.3. Si las/los integrantes del Jurado se encontrasen en diferentes lugares geográficos o en caso de que una resolución, disposición, directiva o decreto del Poder Ejecutivo Nacional o de cualquier organismo público determinare la conveniencia de no realizar reuniones presenciales o la prohibición de las mismas a fin de evitar la propagación de cualquier enfermedad o por cualquier otra cuestión sanitaria o de interés público, la votación se realizará mediante un sistema de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras que permita, tanto a las/los integrantes presentes físicamente como a las/los integrantes participando a distancia, o a todos las/los participantes, respectivamente, una participación en tiempo real y simultáneo en todas las discusiones y votaciones. Con cada actuación del Jurado se labrará un acta firmada por sus integrantes presentes físicamente y supervisada por las autoridades de la Fundación y una escribana/escribano público. Una vez firmada por sus miembros, las decisiones que en esta se consignen serán definitivas e inapelables. En caso de que las reuniones se realizaran de forma remota, a causa de cualquier norma que determinare la conveniencia de no realizar reuniones presenciales o la prohibición de estas, se grabarán en soporte digital y las actas correspondientes serán leídas al finalizar cada reunión y podrán ser firmadas por cualquier miembro del Jurado -en representación del resto- designado a tal efecto en dichas reuniones.
5.4. Si por razones de fuerza mayor, algún miembro del Jurado no pudiera estar presente físicamente ni a través de videoconferencia, la Fundación se reserva el derecho a designar reemplazante o disponer la continuidad de la tarea con las/los integrantes del Jurado que se encuentren presentes en ese momento. Cualquier circunstancia no prevista en estas Bases será resuelta por las/los miembros del Jurado. Las/los Artistas no podrán objetar o recusar a las/los integrantes del Jurado.
5.5. En el periodo de inscripción de las/os Artistas, la Fundación informará a través del Sitio Web los nombres y apellidos de las/los integrantes del Jurado.
5.6. La curaduría y asesoría del Premio estará a cargo del personal de la Fundación.
Artículo 6°: Selección
6.1. La primera etapa de evaluación y selección se realizará por el Jurado de manera online y consistirá en la selección de hasta cuarenta (40) Obras registradas en el Sitio Web, no estando el Jurado obligado a seleccionar una cantidad mínima de Obras. En esta etapa se realizará un encuentro presencial del Jurado sólo en caso de que fuera necesario a fin de llevar a cabo la selección. Una vez seleccionadas las Obras se labrará un acta del Jurado conforme el Artículo 5.3 de las presentes Bases. El Jurado podrá rechazar todas las Obras si, a su exclusivo juicio, aquellas no cumplen con requisitos establecidos en las presentes Bases, no dando lugar tal acto a reclamo ni indemnización alguna.
6.2. Una vez labrada el acta, el Jurado elaborará un listado de las/los Artistas y Obras seleccionadas. Las/los Artistas seleccionados serán notificados a más tardar el 31 de agosto de 2025 mediante la publicación del listado en el Sitio Web. Dicho listado será firmado por las/los integrantes del Jurado presentes o aquel que se designe en el acta referida en el Artículo 6.1 y supervisado por las autoridades de la Fundación.
6.3. Las/los Artistas seleccionados deberán preparar sus Obras para la recolección de las mismas por parte de la Fundación, o cualquier tercero autorizado por ésta, en la fecha que la Fundación indique en la notificación de selección subida al Sitio Web. Las Obras deberán ser entregadas en condiciones óptimas para su exhibición, debiendo las/los Artistas consignar en el reverso de las ellas una ficha adherida con los siguientes datos: nombre autora/autor, título de la obra, técnica, medidas, año de realización y orientación. También un instructivo para su correcto emplazamiento.
6.4. La participación de la Obra en el Premio ratifica la conformidad y aceptación de las Bases del presente concurso, aceptadas al inscribirse en el Sitio Web y completar el formulario de préstamo de la Obra por el plazo de duración de la Exposición (según se define más adelante).
6.5. Las Obras serán entregadas correctamente embaladas y protegidas. No se aceptarán Obras deterioradas. Se realizará un ficha que refleje el estado de conservación de la obra al momento de ingresar al lugar de exhibición.
6.6. La Fundación tomará a su cargo los costos de envío, transporte y seguro de las Obras.
6.7. La Fundación podrá solicitar a aquellas/aquellos Artistas que presenten una Obra de carácter complejo, que asuman la responsabilidad, costos y riesgos del montaje y desmontaje de su propia Obra siguiendo las especificaciones de la curaduría.
Artículo 7°: Premiación
7.1. La premiación tendrá lugar en la Colección AMALITA durante 2025, en el día y hora a ser confirmados en el Sitio Web (el “Evento de Premiación”). En caso de que una resolución, disposición, directiva o decreto del Poder Ejecutivo Nacional o de cualquier organismo público determinare la conveniencia de no realizar eventos multitudinarios o la prohibición de los mismos a fin de evitar la propagación de cualquier enfermedad o por cualquier otra cuestión sanitaria o de interés público, -siempre que la Fundación no decidiera suspender o dejar sin efecto el Premio de conformidad con el Artículo 11 de las presentes Bases- el Evento de Premiación se realizará mediante un sistema de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, lo cual será informado a través del Sitio Web.
7.2. Las Obras seleccionadas para el Premio serán exhibidas en la Colección AMALITA desde la inauguración de la muestra en agosto de 2025 hasta octubre del mismo año (la “Exposición”). La fecha de terminación de la Exposición será confirmada en el Sitio Web. En caso de que la Exposición no pudiera realizarse por los motivos detallados en el Artículo precedente, la Fundación, a su exclusivo criterio, decidirá si suspende o deja sin efecto el Premio de conformidad con el Artículo 11 de las presentes Bases o si la Exhibición se efectúa por un medio alternativo.
7.3. El Jurado determinará, conforme lo establecido en el Artículo 5°, cuáles de las Obras seleccionadas recibirán los siguientes premios:
No adquisición Mayores de 35 años:
- Primer premio: $ 4.000.000;
- Segundo premio: $ 3.000.000;
- Tercer premio: $ 2.000.000.
Menores de 35 años:
- Primer premio: $ 2.000.000;
- 2 menciones: $ 1.000.000;
Los premios serán entregados por la Fundación a las ganadoras/los ganadores, mediante depósitos en las cuentas bancarias de titularidad de las ganadoras/los ganadores a ser indicadas por escrito a la Fundación, como condición necesaria para la entrega de los premios.
7.4. El otorgamiento de los premios no implicará la adquisición de las Obras por parte de la Fundación, las que seguirán siendo de propiedad de las/los Artistas.
7.5. El importe de cada premio será total y definitivo y el mismo incluirá todos los impuestos aplicables. Las/los Artistas cuyas Obras resulten ganadoras de los premios deberán presentar toda la documentación exigida por la ley, conforme a las normas tributarias en vigencia, como condición para recibir el premio dinerario correspondiente.
7.6. Una vez finalizada la Exposición, las Obras seleccionadas y premiadas serán devueltas -a las/los Artistas-por la Fundación en el lapso de los treinta (30) días siguientes.
7.7. La Fundación se reserva el derecho de modificar el Premio y la fecha del Evento de Premiación en función de las limitaciones del espacio o de producción que pudieran existir.
Artículo 8°: Propiedad Intelectual
Las/los Artistas de las Obras seleccionadas y premiadas conservan el derecho de propiedad intelectual sobre las mismas, de acuerdo a la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual. Sin embargo, las/los Artistas otorgan a la Fundación, la autorización para utilizar, reproducir, almacenar, adaptar, comunicar al público, publicar y difundir las Obras, en los términos y condiciones establecidos en los Artículos 4.3. y 4.4. de estas Bases. Sin perjuicio de que la mera participación y registro de las/los Artistas en el Premio importa la concesión de la autorización de uso, reproducción, publicación y difusión de su Imagen y Obra en los términos del Artículo 4.4. de estas Bases, la Fundación requerirá a las/los Artistas la firma de un documento escrito a estos efectos conforme los establecido en el Artículo 6.4 de las presentes Bases.
Artículo 9°: Datos Personales
9.1. Las/los Artistas reconocen que la participación en el Premio implica la aceptación de las presentes Bases. La Fundación será responsable del tratamiento y seguridad de los datos personales de las/los Artistas, y recolectará sus datos personales, como su nombre, apellido, dirección, dirección de correo electrónico, número de teléfono, ocupación, entre otros.
9.2. Las/los Artistas podrán, en forma fácil y gratuita, acceder, rectificar, ratificar o eliminar sus datos personales a través del siguiente correo electrónico premio@coleccionfortabat.org.ar de acuerdo con lo establecido por la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y sus reglamentaciones. En caso de que cualquiera de los datos personales sea suprimido durante la vigencia del Premio, la/el Artista será excluido de este dado que sus datos personales son fundamentales para el desarrollo y operatoria del mismo.
9.3. Los datos personales se recolectarán a los efectos del desarrollo del presente Premio y posteriormente podrán ser utilizados en el futuro con fines publicitarios y de información promocional de la Fundación (envío de información sobre servicios, productos, promociones, novedades, etc.), por cualquier medio y forma que éstos dispongan, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia del Premio y hasta tres (3) años posteriores a su finalización. La Fundación podrá revelar los datos personales sin el consentimiento de las/los Artistas (i) cuando sea requerido por ley o por resolución judicial que así lo autorice; (ii) para cooperar con autoridades gubernamentales en investigaciones judiciales; (iii) para hacer cumplir o proteger la propiedad intelectual o derechos de la Fundación; (iv) para poder cumplir alguna de las obligaciones y/o compromisos y/o prestaciones vinculadas directa o indirectamente con este Premio.
9.4. El registro y participación en el presente Premio implicará el otorgamiento por parte del Artista, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley de Protección de Datos Personales. Asimismo, la entrega por parte de las/los Artistas de sus datos personales a la Fundación implica la aceptación de ser contactados por cualquier medio de comunicación existente al presente o que pudiese implementarse en el futuro, incluyendo llamados telefónicos y/o correos electrónicos. Además, los Artistas reconocen y aceptan que la Fundación y sus entidades y/o personas relacionadas podrán efectuar el tratamiento de los datos personales proporcionados por las/los Artistas en virtud de su participación en el presente Premio, en registros o bancos de datos propios. Las/los Artistas exoneran de responsabilidad la Fundación por el uso indebido por parte de terceros de los datos.
9.5. En cumplimiento de la Disposición de la Agencia de Acceso a la Información Pública N° 14/2018 se informa lo siguiente: “LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley No. 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales”.
Artículo 10.2.
10.2. El seguro cubrirá a las Obras contra todo riesgo de pérdida o daño físico incluyendo terremoto y todas las pérdidas por o derivadas de cualquier causa distinta, que no sea excluida por la póliza, desde su recepción y certificación en el Museo hasta su entrega a las/los Artistas conforme lo indicado en el Artículo 7.6. Las/los Artistas cuyas Obras sean seleccionadas, deberán enviarlas a la Colección AMALITA por su exclusivo riesgo, corriendo el costo del envío a cargo de la Fundación. Siendo el seguro el único arbitro en cualquier caso de deterioro, pérdida o rotura de las Obras.
10.3. Las/los Artistas de las Obras seleccionadas deslindan de responsabilidad a las Partes Indemnizadas ante robo, hurto, incendio, derrumbe, inundación, accidentes, daños y/o destrucción total y/o parcial de las Obras por cualquier causa, incluidas las fortuitas o de fuerza mayor. Por lo expuesto, las/los Artistas renuncian en forma expresa e irrevocable al derecho de efectuar reclamo alguno.
Artículo 11°: Cuestiones no previstas. Modificaciones. Suspensión.
Toda cuestión no prevista en estas Bases será resuelta por la Fundación y/o el Jurado y sus decisiones serán inapelables. La Fundación podrá modificar las fechas y/o lugares de exhibición, suspender o dejar sin efecto este Premio, por su sola voluntad y sin invocación de causa alguna, no dando lugar tal acto a reclamo ni indemnización alguna.
Artículo 12°: Disponibilidad.
12.1. Todos los datos referentes al Premio están disponibles en el Sitio Web donde se pueden leer y/o descargar las Bases del Premio y desde donde las/los Artistas pueden inscribirse y cargar online la información solicitada. La interpretación, validez y cumplimiento de estas Bases y de los derechos y deberes emergentes de las mismas, se regirá por las leyes de la República Argentina y cualquier divergencia será dirimida ante los Tribunales Nacionales en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires.
12.2. Toda consulta que se estime conveniente podrá realizarse vía e-mail a: premio@coleccionfortabat.org.ar